El Jurado Nacional de Elecciones declaro fundado el recurso de apelación que interpuso el alcalde de Characato, Ángel Linares Portilla, luego que este fuese suspendido de sus funciones por una supuesta incapacidad física por problemas de salud.
El hecho data desde febrero del 2025, cuando la autoridad pidió una licencia médica por afecciones a su salud. Sin embargo, los regidores y el consejo municipal varió esta medida a una suspensión por incapacidad física, alegando incluso la edad avanzada del burgomaestre.
El tribunal aclaró que la suspensión por incapacidad física no es un castigo a una «conducta reprochable», sino una medida funcional para garantizar que el municipio siga operando mientras la autoridad se recupera. El JNE enfatizó que pretender sancionar a una autoridad por enfermarse es «irrazonable» y vulnera sus derechos fundamentales.
Hoy, la autoridad electoral ordenó la reposición en sus funciones de Linares Portilla, además de llamar la atención al cuerpo de regidores para que actúen conforme a la ley electoral y las normas constitucionales.
DATO: Desde 1995, Linares Portilla registra 7 procesos electorales a distintos cargos, siendo elegido autoridad en todos ellos, registrando una efectividad a la hora de postular del 100 %.

