El Poder Judicial ordenó reincorporar a Delia Espinoza al padrón electoral y reconocer su derecho al voto. La decisión fue emitida por el Cuarto Juzgado Constitucional de Lima el 30 de septiembre de 2026, tras la demanda de amparo que presentó contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
El juzgado consideró que la inhabilitación política impuesta a Espinoza no podía extenderse automáticamente a su derecho al sufragio activo.
Delia Espinoza fue retirada del padrón electoral
La exclusión de Delia Espinoza del padrón electoral ocurrió después de la inhabilitación política impuesta por el Congreso. El JNE había considerado que esta medida afectaba sus derechos políticos y dispuso su exclusión del padrón de las Elecciones Generales 2026.
Espinoza cuestionó esta decisión mediante una demanda de amparo. El Cuarto Juzgado Constitucional de Lima declaró fundada en parte su demanda y ordenó al JNE disponer su reincorporación al padrón.
Sentencia reconoce el derecho de Espinoza al voto
La sentencia establece que la inhabilitación política no podía aplicarse automáticamente al derecho de elegir. Por ese motivo, el juzgado ordenó reconocer el derecho al sufragio activo de Espinoza y su reincorporación al padrón electoral.
La decisión corresponde específicamente a su derecho al voto y no a la controversia relacionada con su cargo como fiscal de la Nación.
Caso de Delia Espinoza y la Junta Nacional de Justicia
La situación electoral de Espinoza es diferente del proceso que mantuvo con la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
En 2025, la JNJ inició un procedimiento disciplinario contra Espinoza y posteriormente dispuso una suspensión preventiva relacionada con sus funciones como fiscal de la Nación. Ese proceso tuvo actuaciones judiciales independientes de la demanda presentada contra el JNE.
El Poder Judicial registra una resolución del Noveno Juzgado Constitucional relacionada con una medida cautelar presentada por Espinoza en octubre de 2025.
Reincorporación de Delia Espinoza al padrón electoral
La sentencia dispone que el JNE reincorpore a Delia Espinoza al padrón electoral y reconozca su derecho al sufragio, conforme a los términos establecidos por el juzgado.
La ejecución de la decisión frente a las Elecciones Regionales y Municipales del 4 de octubre quedó sujeta a las actuaciones posteriores de las autoridades electorales. Reportes del 2 y 3 de octubre señalaron que el padrón ya se encontraba cerrado, por lo que la aplicación de la sentencia para esos comicios constituía un punto pendiente.
Por: Katherine Pastor

