El pasaje universitario está respaldado por la Ley 26271 y permite a los estudiantes pagar una tarifa que no supere el 50 % del pasaje adulto. Conoce los requisitos y el horario en el que puedes acceder a este beneficio.
El pasaje universitario es un derecho reconocido por ley y no una cortesía de las empresas de transporte. La Ley 26271 establece que el precio del pasaje universitario, tanto en el transporte urbano como interurbano, no puede exceder el 50 % de la tarifa correspondiente al pasajero adulto.
La normativa también establece que el beneficio se aplica entre las 5:00 a. m. y las 12:00 a. m. (medianoche), durante los días laborables. Para acceder a la tarifa diferenciada, el estudiante debe presentar su carné universitario.
¿Qué necesitas para acceder al medio pasaje?
El principal requisito es presentar el carné universitario vigente al momento de solicitar la tarifa diferenciada. La legislación reconoce este documento como medio de acreditación para acceder al beneficio.
¿Qué ocurre si no respetan el pasaje universitario?
Si una empresa o unidad de transporte no aplica la tarifa correspondiente, el estudiante puede reportar la incidencia ante las autoridades competentes, según el ámbito del servicio y la jurisdicción.
Indecopi, Sunedu y la ATU han difundido información sobre el derecho al medio pasaje y los mecanismos disponibles para reportar irregularidades relacionadas con su aplicación.
El medio pasaje está respaldado por ley
La Ley Universitaria N.° 30220 también establece que todos los alumnos universitarios gozan del pasaje universitario, equivalente al 50 % del precio regular ofrecido al público en general.
Por ello, los estudiantes deben portar su carné universitario vigente y conocer las condiciones establecidas por la legislación para ejercer este beneficio.

